Resolución Nº 6/2025


VISTO:


Los hechos de represión que ocurrieron durante la tarde noche del 12 de marzo de 2025, en el Congreso de la Nación, donde fuerzas federales reprimieron la manifestación de jubilados y ciudadanos que protestaban pacíficamente, y;


CONSIDERANDO:


Que, el derecho constitucional a la libre manifestación y expresión, así como el derecho de los jubilados a reclamar por lo que les corresponde, no presenta contradicción con la necesidad de garantizar el orden público y la seguridad ciudadana, sin vulnerar los derechos humanos.


Que, el aumento de las fuerzas de seguridad federales frente a los manifestantes, muchos de ellos adultos mayores, generaron un clima de intimidación y violencia.

Que, existió un uso desproporcionado de la fuerza por parte de la Policía Federal a cargo de la Ministra Patricia Bullrich, incluyendo gases lacrimógenos y balas de goma, contra manifestantes pacíficos, que se encontraban en total desventaja y en absoluta vulnerabilidad frente a los represores.


Que, las políticas de ajuste promovidas por el Gobierno de la Libertad Avanza, han generado descontento y protestas en diversos sectores de la sociedad.


Que, la represión contra manifestantes pacíficos constituye una violación de los derechos humanos y un atentado contra la democracia. 


Que, estando tan cerca de la fecha 24 de Marzo, en el que se conmemora el "Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia en la Argentina", recordando el golpe de Estado de 1976 y las víctimas de la dictadura cívico- militar, vivimos nuevamente, un acto REPUDIABLE de represión en una marcha ciudadana, que se expresaba de forma civilizada.


Que, es responsabilidad del Estado garantizar el ejercicio del derecho a la protesta pacífica, así como proteger la integridad física y la seguridad de los ciudadanos.


Que, el uso de la fuerza debe ser proporcional y razonable, y solo debe recurrirse a ella como último recurso. 


Que, es necesario promover el diálogo y la búsqueda de consensos para resolver los conflictos sociales, en lugar de recurrir a la represión.


Que, este Concejo Deliberante tiene el deber de velar por el respeto de los derechos humanos considerando la historia reciente, y la memoria, de las probadas y reiteradas violaciones que promovieron y ejercieron, a lo largo y ancho del país, aquellos que coparon temporalmente el ejercicio del poder mediante medios ilegítimos.


Que, la violencia ejercida por las fuerzas de seguridad contra los jubilados y ciudadanos que se manifestaban pacíficamente es inaceptable y merece el repudio de este cuerpo deliberativo.

Que, la presencia excesiva de fuerzas de seguridad federales en las manifestaciones genera un clima de intimidación y restringe el derecho a la protesta pacífica.

Que, al finalizar la jornada se contabilizaron más de 160 detenidos de todas las edades, muchos de ellos con heridas de diversa gravedad, mientras que un reportero gráfico, Pablo Grillo, lo fue de extrema gravedad y hoy, pelea por su vida.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica   de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente: 


RESOLUCIÓN


ARTÍCULO 1°: El Honorable Concejo Deliberante de General Paz expresa su enérgico repudio a la represión efectuada por el gobierno nacional contra jubilados y ciudadanos que se manifestaban pacíficamente en el Congreso Nacional, el día 12 de Marzo de 2025.


ARTÍCULO 2°: Exigir al gobierno nacional que garantice el ejercicio del derecho a la protesta pacífica y que investigue y sancione a los responsables de la represión e instar que promueva el diálogo y la búsqueda de soluciones consensuadas para resolver los conflictos sociales.


ARTÍCULO 3°: Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que informe sobre las medidas adoptadas para garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades ciudadanas en las manifestaciones públicas.


ARTÍCULO 4°: Comunicar la presente resolución al Poder Ejecutivo Nacional, al Congreso de la Nación, a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, a la Defensoría del Pueblo de la Nación, a los Organismos de Derechos Humanos y a los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires.


ARTÍCULO 5°: Regístrese y Archívese.


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 25 días del mes de marzo del año 2025.-


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