Resolución Nº 5/2025


VISTO:


La alarmante situación de municipios de la provincia de Buenos Aires con elevados niveles de arsénico en el agua des nada a consumo humano, y: 


CONSIDERANDO


Que, el arsénico es un elemento natural de la corteza terrestre; ampliamente distribuido en todo el medio ambiente, está presente en el aire, el agua y la erra, y que en su forma inorgánica es muy tóxico. 


Que, la exposición prolongada al arsénico inorgánico, principalmente a través del agua de bebida y los alimentos, puede causar intoxicación crónica, y los efectos más característicos son la aparición de lesiones cutáneas, cáncer de piel, vejiga y pulmón. 


Que, otros efectos perjudiciales para la salud que se pueden asociar a la ingesta prolongada de arsénico, como problemas relacionados con el desarrollo, diabetes y enfermedades pulmonares y cardiovasculares. En particular, los infartos de miocardio inducidos por el arsénico pueden suponer una importante causa de aumento de la mortalidad. 


Que, la mayor amenaza del arsénico para la salud pública procede de las aguas subterráneas contaminadas y el arsénico inorgánico está naturalmente presente a altos niveles en las aguas subterráneas de diversos países, entre ellos la Argentina. 


Que, un reciente fallo del Juzgado de Mercedes ordenó una serie de medidas cautelares urgentes para Ciudad Nueva, en el distrito de 9 de julio, tras confirmar niveles de arsénico 36 veces superiores al límite permitido, exponiendo a la comunidad a serios riesgos sanitarios. 


Que, en diciembre de 2024, un muestreo del Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA) reveló concentraciones alarmantes de arsénico en el agua de Ciudad Nueva. Los resultados oscilaron entre 128 y 368 microgramos por litro (µg/l), muy por encima del máximo de 10 µg/l recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Código Alimentario Argen no (CAA). 


Que, el Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA) anunció el relanzamiento de su Mapa de Arsénico, una herramienta esencial para monitorear la presencia de arsénico en el agua de diversas regiones del país. 


Que, con más de 350 muestras recolectadas hasta la fecha, el mapa fue actualizado recientemente, con una mejora en su interfaz y accesibilidad, gracias al trabajo de la alumna Lucía Digón de la carrera de Ingeniería Informática de la Universidad. 


Que, el Mapa de Arsénico, bajo la responsabilidad del Dr. Jorge Daniel Stripeikis, ofrece una visión detallada de la distribución de arsénico en reservorios de agua subterránea y superficial a lo para largo de la Argentina. Desde su creación, ha sido una referencia crucial tanto para investigadores como la población en general, proporcionando accesibles y confiables sobre un problema de salud pública de alta relevancia. Datos

 

Que, si observamos el mapa del ITBA apreciamos que nuestro distrito no ene referencias del nivel de arsénico, pero sí distritos vecinos como San Miguel del Monte y General Belgrano con botones rojos que refieren a altos niveles.


Que, el hecho de no tener referencias de nuestro distrito significa que no se han enviado muestras para ser analizadas, y que es imprescindible contar con esa información para el desarrollo de medidas preventivas en salud, así como otras que se necesiten tomar para proteger a los vecinos de nuestro distrito.


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente:


RESOLUCIÓN


ARTÍCULO 1°: Solicitar al departamento ejecutivo gestione y administre los recursos necesarios para la toma de muestras de agua en el distrito de Gral. Paz, representa vas de las localidades de Ranchos, Loma Verde, Villanueva y Alegre, bajo el protocolo correspondiente, y su posterior envío al Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA) para su análisis e inclusión en el mapa de arsénico.


ARTÍCULO 2°: Solicitar también al departamento ejecutivo gestione y administre los recursos necesarios, a través de las áreas correspondientes, para la difusión de la convocatoria del ITBA a la comunidad para promover la obtención de muestras de agua, así como facilitar y favorecer su entrega al ITBA.


ARTÍCULO 3°: De forma.


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 25 días del mes de marzo del año 2025.-


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