VISTO:
Los reclamos de los vecinos de la calle Ramón castro por las altas velocidades en que circulan por esta calle los vehículos, y;
CONSIDERANDO:
Que, la calle Ramón Castro, de doble sentido, une el centro de la ciudad con el barrio Compartir, barrio las 4 esquinas, barrio Kirchner, y Escuela N°2 Y 8, esta última con influencia en la comunidad rural.
Que, por la calle Ramón castro, después de traspasar la intersección de la antigua vía del ferrocarril, todas las personas, independientemente de en qué se movilicen, deben transitar por la calle, porque no existen veredas ni otras sendas habilitadas, solo banquinas de escasas medidas.
Que, en el trazo mencionado existen, además de viviendas particulares: emprendimientos productivos, comerciales y turísticos, un barrio en construcción, y circula un alto flujo de vehículos de todos los portes, automóviles, camionetas y motocicletas, incluso camiones y maquinarias agrícolas, así como transeúntes y personas en bicicletas.
Que, previo a la intersección de la calle 83, existe sobre la calle Ramón Castro un cartel del “niños jugando” y a pocos metros otro cartel con límite 60KM/H de velocidad.
Que, la disposición N°1-17 de la Provincia de Buenos Aires establece que la velocidad máxima en las calles, en zona urbana, es de 40 KM/H.
Que, la desactualización en la zonificación de la localidad, considera que la zona traspasando el desvío de tránsito pesado es zona rural, siendo que en realidad está ampliamente urbanizada, ya en ella viven cientos de vecinos de forma permanente.
Que, en la calle Ramón castro y calle 85 existe un reductor de velocidad el cual ha sufrido cambios por el uso y tiempo de existencia, por lo cual no cumple su función.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente:
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo gestione y administre los recursos necesarios para establecer como límite de velocidad 40 KM/H el trazo de la calle Ramón Castro en toda su trayectoria desde la intersección de la antigua vía del ferrocarril, hasta el camino La Paloma.
ARTÍCULO 2º: Solicitar la colocación de reductores de velocidad en lugares estratégicos del trazo sugerido.
ARTÍCULO 3º: Se haga efectiva la colocación de carteles precautorios acordes, en función de las medidas antes solicitadas.
ARTÍCULO 4º: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 28 días del mes de octubre del año 2024.-