Resolución Nº 16/2024


VISTO:


Las visitas de las y los Diputados Nacionales de La Libertad Avanza: Benedit Beltrán, Guillermo Montenegro, Alida Ferreyra, Lourdes Arrieta, María Fernanda Araujo y Rocío Bonacci al genocida condenado por delitos de lesa humanidad, en cumplimiento efectivo de su condena, Alfredo Astiz, y a otros represores en su misma condición en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza el 11 de julio del año 2024, y; 


CONSIDERANDO:


Que Alfredo Astiz está condenado por los crímenes de lesa humanidad cometidos en el ex centro clandestino de detención ESMA durante la última dictadura cívico militar (1976-1983) a prisión perpetua e inhabilitación absoluta en dos causas, una en el año 2011 y la otra que ratifica la sentencia en 2017 por el Tribunal Oral Federal N°5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 


Que en el año 1977, Alfredo Astiz estuvo involucrado en la desaparición de familiares de desaparecidas y desaparecidos que tenían como lugar de encuentro la Iglesia de la Santa Cruz. Allí actuó como infiltrado, haciéndose pasar por hermano de un desaparecido, pudiendo brindar información a los grupos represivos para que secuestraran a las Madres de Plaza de Mayo Azucena Villafor, María Ponce de Bianco y Esther Ballestrino de Careaga.


Que en el año 1990, Alfredo Astiz fue juzgado en ausencia por la justicia francesa y condenado a prisión perpetua por los delitos cometidos contras las monjas francesas Alice Domon y Léonie Duquet.


Que en enero del año 1998, en una entrevista que le realizara la periodista Gabriela Cerruti para la revista Tres Puntos, Astiz declaró: “¿Sabés qué? Yo soy el hombre mejor preparado técnicamente en este país para matar a un político o a un periodista”.


Que en el año 2003, en el marco del juicio de la megacausa ESMA, se dispuso la prisión preventiva para el genocida Alfredo Astiz;.


Que en mayo del año 2006 se procesó a Alfredo Astiz por la desaparición de los familiares de detenidos desaparecidos vinculados al grupo de la Iglesia de la Santa Cruz, del barrio San Cristóbal de Capital Federal.


Que en el año 2008, la justicia italiana condenó a prisión perpetua a Alfredo Astiz por ser responsable del secuestro, tortura y desaparición de tres personas de nacionalidad italo-argentina, Angela Aieta, Giovanni Pegoraro y Susana Pegoraro, ésta última embarazada de 5 meses habiendo dado a luz en cautiverio en el centro clandestino ESMA.


Que los delitos de lesa humanidad son crímenes cometidos como parte de un ataque general o sistemático contra civiles en tiempo de paz o de guerra, que incluyen tortura, desaparición forzada, homicidio, esclavización, deportación y actos de violencia sexual y de género incluida la violación.


Que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles conforme lo establece la Ley 24.584 sancionada en 1995.


Que hoy Alfredo Astiz cumple condena efectiva, desde el año 2011, en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza en el marco de su responsabilidad en delitos de lesa humanidad.


Que la Comisión Provincial por la Memoria denunció penalmente al diputado Benedit Beltrán por ser el organizador del encuentro entre las y los Diputados con los genocidas condenados.


Que el Diputado Nacional Benedit Beltrán, en una clara intención de reinstalar la teoría de los dos demonios, dijo sobre los genocidas condenados, son “excombatientes que libraron batallas contra la subversión marxista”.


Que la construcción de la Memoria, la Verdad y la Justicia es una conquista de la democracia argentina en estos casi 41 años.


Que fueron vastos sectores de la sociedad argentina los que exigieron, en primer lugar el fin de la dictadura y luego la investigación, sanción y reparación de sus crímenes.


Que el pueblo argentino ha dado muestras a través de las Madres de Plaza de Mayo, las y los familiares de detenidos desaparecidos y militantes por la Memoria de que el olvido no es una opción como tampoco lo es la reconciliación con los genocidas y sus cómplices civiles.


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona, la siguiente:


RESOLUCIÓN


ARTÍCULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante de General Paz manifiesta su enérgico repudio a la visita, realizada el pasado 11 de julio de las y los Diputados Nacionales de La Libertad Avanza: Benedit Beltrán, Guillermo Montenegro, Alida Ferreyra, Lourdes Arrieta, María Fernanda Araujo y Rocío Bonacci al genocida Alfredo Astiz, condenado por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura cívico- militar, en cumplimiento efectivo de su condena, como asimismo a otros represores en su misma condición alojados en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza.


ARTÍCULO 2º: El Honorable Concejo Deliberante de General Paz declara que la visita mencionada en el artículo precedente vulnera los principios fundamentales del sistema democrático y la memoria histórica de la Nación Argentina, al promover la reivindicación de un régimen responsable de graves violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar.


ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 12 días del mes de agosto del año 2024.-


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