VISTO:
El derecho de acceso a la vivienda digna reconocido por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, y;
CONSIDERANDO:
Que la gestión municipal, mediante la Ordenanza 24/2015, aprobó la cesión de acciones y derechos posesorios para la incorporación al patrimonio municipal de nuevas tierras;
Que la escritura traslativa de dominio fue tramitada por Escribanía General de Gobierno de la Pcia. de Bs. As.;
Que en las mencionadas tierras se generó un desarrollo que dio como resultado la generación de 263 parcelas, ubicadas en 13 manzanas y una manzana adicional destinada a equipamiento comunitario.
Que, en el año 2015, se concretaron las gestiones del programa “Techo Digno” para construir 86 viviendas, llegando a finales de ese año a ejecutarse un 6 % de la obra consistente en las bases de dichas viviendas;
Que el mismo programa se mantuvo paralizado desde el año 2016 hasta el año 2020 inclusive;
Que, en el año 2021, saliendo de la pandemia el Gobierno Nacional se hizo eco del pedido para la reactivación del mencionado proyecto, instrumentándolo a través del programa CASA PROPIA-RECONSTRUIR-
Que, en el mismo año, en paralelo y con la decisión política del entonces gobierno nacional de construir viviendas, logrando sumar otras 38 viviendas mediante el programa CASA PROPIA;
Que la gestión siguió avanzando y las viviendas comenzaron a hacerse realidad, logrando finalizarse a finales del año 2023;
Que las viviendas cuentan con una superficie aproximada de 56 mts2, implantadas en terrenos de entre 250 y 300 M2, instalación de gas, servicio de agua potable, cloacas, red eléctrica y alumbrado público.
Que la demora en la entrega de las mencionadas viviendas, obedeció fundamentalmente a la falta de algunos servicios esenciales como la red eléctrica, la apertura y consolidación de calles internas sumado a la decisión del gobierno nacional de paralizar la obra pública.
Que estos faltantes, y sus correspondientes aportes económicos, fueron afrontados por el gobierno de la Pcia. De Buenos Aires, a través de gestiones llevadas adelante por el intendente municipal con el Gobernador Kicillof, posibilitando de esta manera poder realizar la entrega de las viviendas y cumplir el sueño de 124 familias.
Que estas gestiones ante el gobernador Kicillof, no solo posibilitaron la entrega de las viviendas, sino que dotaron del servicio de agua potable y cloacas a los 263 lotes, muchísimos de ellos ya con viviendas construidas por particulares y habitadas de manera permanente. Además de pavimentar la calle Seijas de acceso al barrio.
Si tomamos en cuenta los valores actuales de construcción, el costo de cada una de las viviendas que se entregan oscila los 40 Millones de pesos, representando una inversión cercana a los 5.000 Millones de pesos solo en la construcción de viviendas, sin considerar el terreno, las obras de servicios básicos e infraestructura ya mencionadas.
Como gestión de gobierno, no solo estamos convencidos, sino que lo vivimos a diario lo que representa el impacto de la obra pública, no solo en términos de mejorar la calidad de vida de nuestros vecinos, y de cumplir el sueño de la casa propia a cientos de familias como en este caso, sino en términos de impacto económico y generación de mano de obra.
La construcción de estas 124 viviendas, sumadas a las 56 viviendas que se encuentran en construcción en los barrios de la Pilarica, 4 esquinas, Lázaro y las 68 en la localidad de Loma Verde, han implicado una generación de empleo directo de alrededor de 100 personas, eso representa que casi 100 familias del distrito tienen un ingreso formal.
Ingresos que, por cierto, son gastados o volcados en los distintos comercios locales, generando lo que habitualmente se llama el circulo virtuoso de la obra pública y su impacto en la economía particular y social.
La demanda habitacional es altísima e histórica, no solo en nuestro distrito sino en toda la pcia de bs as y en el país.
La carencia de contar con un techo propio y la privación de poder acceder a esa posibilidad, sumado a los costos de los alquileres, es algo que intranquiliza y le quita el sueño a cientos de familias del distrito.
Paulatinamente, estamos dando respuesta a esa demanda, tal vez, como nunca en la historia de nuestro distrito y junto al gobernador Kicillof estamos construyendo y entregando viviendas, con un único fin, que es el de cumplir ese sueño tan anhelado por tantos vecinos de poder tener su vivienda propia.
Que la selección de los pre-adjudicatarios se realizó con aquellas personas que se encontraban inscriptas en el Registro Único de aspirantes a planes de viviendas, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, garantizando la equidad ante esta demanda, y por sobre todas las cosas, teniendo en cuenta que el acceso a una vivienda no solo es cuestión de necesidad, sino fundamentalmente, de un derecho que le asiste a cada uno de las habitantes de nuestro distrito;
Creemos firmemente en el rol que debe cumplir el estado (del cual todos somos parte), el de facilitador, de generador de oportunidades y garantizar derechos. El que le dará la posibilidad a familias de nuestro distrito que no la tienen, de acceder a su vivienda propia a través del pago de una cuota mensual durante 25 años.
Que, desde el gobierno municipal y provincial, consideramos que todos los habitantes del distrito tienen derecho a una vivienda digna y adecuada como parte de lo establecido en el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Aprobar el listado de pre-adjudicatarios para la entrega de las 124 viviendas de los programas CASA PROPIA – Reconstruir- y CASA PROPIA en la localidad de Ranchos, que como anexo I forma parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2º: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones correspondientes ante el Ministerio de Hábitat de la Provincia de Buenos Aires y en Escribanía General de Gobierno de la Pcia de Bs. As. para la escrituración de las viviendas que forman parte del anexo I.
ARTÍCULO 3º: Las/os adjudicatarias/os que conforman el ANEXO I de la presente Ordenanza no deberán ser propietarias/os de bienes inmuebles registrables, autorizando al Departamento Ejecutivo a proceder a la inmediata des adjudicación del bien inmueble otorgado, ante el incumplimiento del presente artículo, según lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 30/2013.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, comuníquese y archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 29 días del mes de julio del año 2024.-