Ordenanza N° 5/2024


VISTO:


El expediente N°4047-8092/1994 referente al “PLAN SOLIDARIDAD 30 VIVIENDAS”, sitas en la localidad de Ranchos, N°4047-3467/2014 referente al “PLAN COMPARTIR”, sitas en la localidad de Ranchos; y la necesidad de escriturar las viviendas pertenecientes a los mencionados barrios y en general los demás barrios sociales que integran el partido de General Paz, y;


CONSIDERANDO:


Que el proceso de regularización dominial de los inmuebles, comprendidos en el régimen del “PLAN SOLIDARIDAD 30 VIVIENDAS” y el régimen “PLAN COMPARTIR” resultan de interés social, teniendo en cuenta la necesidad del adjudicatario de ser propietario y la obligación del municipio de otorgar seguridad jurídica a la titularidad de dominio sobre los mismos y;


Que los vecinos y vecinas han habitado en los barrios por más de 10 años, que en el año 2018 se han realizado junto con el IVBA y la Subsecretaria de Tierras, los censos para determinar la situación actual de cada una de esas viviendas;


Que acorde a la etapa en el procedimiento administrativo para la escrituración, nos encontramos en condiciones de hacer lugar a esta última etapa para finalmente lograr que cada uno de ellos obtenga la tan ansiada escritura;


Que resulta necesario que en adelante futuro quede establecido en el interés social de las viviendas otorgadas mediante la intervención del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano, Instituto de la Vivienda y/o cualquier otro organismo del Estado que intervenga al efecto;


Que según lo dispuesto en el Art. 4 Inc. D de la ley 10830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente; 


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires sanciona la presente 


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: Declárese de interés social la escrituración de viviendas entregadas bajo el programa denominado “PLAN SOLIDARIDAD 30 VIVIENDAS” de la localidad de Ranchos.


ARTÍCULO 2º: Declárese de interés social la escrituración de viviendas entregadas bajo el programa denominado “PLAN COMPARTIR” de la localidad de Ranchos.


ARTÍCULO 3º: Declárese de interés social la escrituración de viviendas otorgadas mediante la intervención del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Urbano, Instituto de la Vivienda y/o cualquier otro organismo del Estado que intervenga al efecto.


ARTÍCULO 4º: Remítase al Organismo Provincial correspondiente para confeccionar sus escrituras.


ARTÍCULO 5º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y archívese.


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 25 días del mes de marzo del año 2024.


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