VISTO:
Que el pasado de 30 mayo fue el día Nacional del trasplante de órganos y,
CONSIDERANDO:
Que, el 30 de mayo se celebra el Día Nacional de la Donación de Órganos, en conmemoración del nacimiento del hijo de la primera paciente que dio a luz después de haber recibido un trasplante en un hospital público.
Que, en lo que va del año se realizaron más de 1.500 trasplantes de órganos y córneas.
Que, la sociedad debe tomar conciencia de la importancia y necesidad de la donación de órganos.
Que, el trasplante de órganos es uno de los avances más significativos del siglo XX.
Que, existen muchos y variados factores que han incidido frente al tema, como: Aspectos religiosos, psicológicos, médicos, legales, singulares de cada familia o particulares de cada cultura:
Que, es una obligación del Estado ayudar a transmitir un mensaje claro, concreto y fiable, para que la población se informe en profundidad y tome conciencia de que este acto SOLIDARIO, ANONIMO, EQUITATIVO Y GRATUITO, necesita de la participación social.
Que, la Municipalidad de General Paz, no puede permanecer indiferente ante un tema de tal magnitud, y debe brindar todo el apoyo posible a la actividad de los organismos Nacionales INCUCAI o provincial INCUCAIBA que aspiran a lograr el cambio cultural que beneficie a la DONACION DE ORGANOS.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Dentro del marco de la Ley Nacional 24.193 y de la campaña provincia de Donación de órganos de la provincia de Buenos Aires, incorporar en los recibos de las tasas Municipales, la siguiente leyenda “DONAR ORGANOS ES DONAR VIDA”.
ARTÍCULO 2º: Según lo autorizados desde el CUCAIBA, dependiendo del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, incorporar junto al mensaje indicado en el artículo 1°, la siguiente aclaración: “EL TELEFONO GRATUITO DE INFORMACION DE CUCAIBA es el 08002220101, durante las 24 horas, todos los días”.
ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo implementará a través de la secretaría correspondiente, lo mencionado en los artículos 1° y 2°.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, Regístrese y Archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 24 días del mes de Julio del año 2023.-