Ordenanza Nº 29/2023


VISTO


El expediente 4047-30289/2021, Ordenanza Nº 37/2021, y el expediente 4047-32174/2023


CONSIDERANDO


Que, por la Ordenanza del H.C.D. Nº 37/2021) se aprobó el Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2022; 


Que, en la Ordenanza 37/2021 se estimó el Presupuesto General de Gastos la Administración y del Honorable Concejo Deliberante, y se estima el Cálculo de Recursos destinados a la financiación del Presupuesto General de Gastos; 


Que, durante el año 2022, el Departamento Ejecutivo ha tenido que ejecutar una serie de acciones fuera de las previstas en el presupuesto y que, aun haciendo uso de las herramientas de transferencia y compensación, no ha podido lograr cubrir los saldos derivados de tales acciones y políticas de estado, quedando excedentes presupuestarios;


Que, la Ley 15.394 aprobó el Presupuesto 2023 de la Provincia de Buenos Aires, en su Artículo 42º establece que los municipios que presenten Excesos Presupuestarios al cierre del ejercicio 2022 y no puedan compensarlos con excedentes de recaudación, economías provenientes del mismo presupuesto o saldo disponibles que registre la cuenta "Resultados de Ejercicios", podrán solicitar a sus respectivos Concejos Deliberantes la convalidación de tales extralimitaciones. Convalidadas que fueran esas circunstancias, el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, no impondrá las sanciones previstas en la normativa vigente; 


Que, sin perjuicio de haber resultado aprobada por mayoría la rendición de cuentas correspondiente al ejercicio del año 2022, corresponde efectuar la convalidación a la cual refiere el artículo 42º de la Ley 15.394 y el artículo 67º de la Ley Orgánica de las Municipalidad; y


Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL PAZ, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente:


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: CONVALÍDASE en los términos del artículo 42º de la Ley Provincial 15.394 y artículo Nº 67 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, los excesos presupuestarios del Ejercicio 2022 de la fuente de financiamiento sin afectación "110 - Tesoro Municipal" sin posibilidad de ser compensados con economías presupuestarias.


ARTÍCULO 2º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.


Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 29 días del mes de Mayo del año 2023.


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