VISTO
El convenio firmado entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y el Departamento Ejecutivo, "Programa Bonaerense II", y;
CONSIDERANDO
Que, la necesidad de contar con una vivienda propia, es una prioridad para muchas familias de nuestro distrito;
Que, gestiones reiteradas y permanentes del intendente municipal permiten continuar dando respuestas a este tipo de necesidades;
Que, en esta oportunidad el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se compromete a prestar asistencia financiera para la realización de 34 viviendas en el Barrio San Antonio de la localidad de Loma Verde,
Que, resulta necesario brindar una pronta respuesta a la necesidad habitacional de las familias, haciendo realidad el sueño de la casa propia y permaneciendo el estado como garante de equidad;
Que, el municipio se compromete a realizar las tareas de inspección de obra y ejecución de la misma;
Que, este hecho, genera seguridad a las familias beneficiarias y desarrollo económico al sector de la construcción;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Convalidar el convenio firmado el día 06 de marzo del corriente año, entre el Intendente Municipal y el Instituto de la Vivienda, representado por el Administrador General, Dr. Diego Menéndez, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 27 día del mes de Marzo del año 2023.