VISTO:
El Convenio Específico firmado entre el Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de General Paz, en el marco del Programa "Parque Ambiental", y;
CONSIDERANDO:
Que, es necesario preservar el derecho de todos los habitantes del partido de General Paz a que puedan gozar de un ambiente sano y equilibrado,
Que, es necesario la protección, conservación y mejoramiento de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito del partido de General Paz,
Que, es esencial lograr una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad bilógica, logrando un ordenamiento ambiental del territorio de General Paz,
Que, es esencial la educación y promoción para lograr un medio ambiente sano, a través del desarrollo sustentable, promoviéndolo no solo como un derecho, sino también como el deber de conservarlo y protegerlo para su provecho y el de generaciones futuras,
Que gestiones reiteradas y permanentes del Intendente Municipal permiten continuar dando respuestas a este tipo de necesidades;
Que en esta oportunidad el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires, a través del Programa "Parque Ambiental" brindara la posibilidad de crear un espacio que facilite técnicas y herramientas para promover el cuidado y protección del Medio Ambiente a través del desarrollo sustentable,
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Convalidar el Convenio Específico firmado entre el Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de General Paz, el día 04 de octubre del corriente año, que como Anexo I forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º: De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 28 días del mes de Noviembre del año 2022.