Ordenanza Nº 56/2022


VISTO: 


El expediente 4047-30768/2022, Ordenanza Nº19/2022, 


CONSIDERANDO: 


Que, por la Ordenanza del H.C.D. Nº 25/2020 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2021; 


Que, en la Ordenanza 25/2020 se estimó el Presupuesto General de Gastos la Administración y del Honorable Concejo Deliberante, y se estima el Cálculo de Recursos destinados a la financiación del Presupuesto General de Gastos; 


Que, durante el año 2021, el Departamento Ejecutivo ha tenido que ejecutar una serie de acciones fuera de las previstas en el presupuesto y que, aun haciendo uso de las herramientas de transferencia y compensación, no ha podido lograr cubrir los saldos derivados de tales acciones y políticas de estado, quedando excedentes presupuestarios;


Que la Ley 15.310 aprobó el Presupuesto 2022 de la Provincia de Buenos Aires, en su artículo 41 ° establece que los municipios que presenten Excesos Presupuestarios al cierre del ejercicio 2021 y no puedan compensarlos con excedentes de recaudación, economías provenientes del mismo presupuesto o saldo disponibles que registre la cuenta "Resultados de Ejercicios", podrán solicitar a sus respectivos Concejos Deliberantes la convalidación de tales extralimitaciones, convalidadas que fueran esas circunstancias, el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, no impondrá las sanciones previstas en la normativa vigente; 


Que por recomendación del Honorable Tribunal de Cuentas Descentralizado con sede en la Ciudad de Chascomús acerca de cuestiones de forma respecto al Artículo 1 ° de la Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante Nº 19/2022. 


Que sin perjuicio de haber resultado aprobada por mayoría la rendición de cuentas correspondiente al ejercicio del año 2021, corresponde efectuar la convalidación a la cual refiere el artículo 41 º de la Ley 15.310 y el artículo 67º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. 


Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: RECTIFÍCASE el artículo primero de la Ordenanza 19/2022 que quedará redactado de la siguiente manera;

"ARTÍCULO 1°: APRUEBASE la compensación de excesos de la fuente de financiamiento 110 - Tesoro Municipal para el ejercicio 2021, cuyo detalle se adjunta como anexo I, con las economías registradas en las partidas del Presupuesto de Gastos conforme al mencionado Anexo por un monto de pesos noventa y seis millones ochocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y siete con 49/100 ($96.882.457,49.-)."


ARTÍCULO 2º: CONVALÍDASE en los términos del artículo 41 º de la Ley Provincial 15.310 y artículo Nº 67 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, los excesos presupuestarios del Ejercicio 2021 de la fuente de financiamiento sin afectación "110 - Tesoro Municipal" sin posibilidad de ser compensados con economías presupuestarias.


ARTÍCULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 28 días del mes de Septiembre del año 2022. 


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