Ordenanza Nº 36/2020


VISTO: 


La nota presentada pro el Sr. Luis Abraham, propietario del inmueble cuya nomenclatura catastral es Circ. I Secc B, Qta 46 Parc 7ª, solicitando la modificación del espacio verde municipal identificado como parcela 17, ubicado al NO de la parcela 7-a para mejor aprovechamiento del uso de la tierra y; 


CONSIDERANDO: 


Que la solicitud se basa en el mejor aprovechamiento y desarrollo del ejido urbano, ya que las medidas actuales obstaculizan la distribución y utilidad de la tierra;


Que el Sr. Abraham solicita desafectación como espacio verde del inmueble designado como Circ. I Secc. B Qta. 46 Parc.17 correspondiente al dominio de la Municipalidad de General Paz;


Que asimismo, una vez desafectada propone dividir la parcela 17 eb dos parcelas 17ª y 17b y la parcela 17ª de su titularidad, en dos parcelas 7b, 7 c; 


Que se permute en los articulo 60 (texto según Ley 13127), del Decreto Ley 8912/77, las parcelas 17-b y 7c que son de idéntica superficie o que permitirá satisfacer de mejor forma el destino establecido de la originaria parcela 17;


Que se anexe la parcela 7c a la parcela 17-a y anexar la parcela 17b a la parcela 7b de manera tal que se reutilice esa superficie y se afecte nuevamente como espacio verde con la misma superficie pero reubicada para el mejor uso y aprovechamiento del suelo;


Que el solicitante se hará responsable de todos los gastos que se originen de la presente operación como así también los trámites correspondientes en los diferentes organismos provinciales; 


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente: 


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: Autorizase al Poder Ejecutivo Municipal a realizar la correspondientes gestiones para ceder el correspondiente espacio verde (Circ. I, Secc B Qta 46 Parc 17) y se compense con la misma superficie reubicada acorde a lo presentado por el Sr. Abraham Luis Alberto que como Anexo I forma parte integral de la Presente.


ARTÍCULO 2º: Dar Intervención a las Direcciones de Geodesia, Ordenamiento Urbano y Territorial (Ministerio de Gobierno) de la Provincia de Buenos Aires para que procedan en consecuencia 


ARTÍCULO 3º: Regístrese, Comuníquese y Archívese.


Dada en Sesión Extraordinaria en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 24 días del mes de Noviembre de 2020.


Entradas que pueden interesarte: