VISTO:
El Decreto 173/16 y:
CONSIDERANDO:
Que según consta en el mencionado Decreto, la Municipalidad de General Paz celebró un contrato con el administrador de la Pagina Web Sr. Maximiliano Reader con el fin de informar a los vecinos de la localidad sobre actividades y eventos realizados por el municipio;
Que la vigencia del mismo excede el ejercicio calendario;
Que de acuerdo a lo establecido por Circular Nº 298 del Honorable Tribunal de Cuentas, cada vez que el ejecutivo realiza una contratación excede el año calendario, deberá solicitar autorización al departamento deliberativo;
Por ello el Honorable Consejo Deliberante de General Paz en uso de sus facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades Sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Aprobar contrato firmado por Municipalidad de General Paz y el Señor Lucas Maximiliano Reader, DNI Nº 37.508.010 que como anexo I forma parte integrante de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, y archívese.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 28 días del mes de Agosto de 2017.