VISTO:
La Ordenanza 13/2016, la cual establece la “La aprobación del listado de pre-adjudicatarios de 25 viviendas, Programa Buenos Aires Hogar”, y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 19 de Julio del corriente fue aprobada bajo decreto promulgatorio 560/16 la mencionada ordenanza;
Que ese mismo día, tuvo lugar el sorteo público de cada uno de los lotes, en presencia de todos los adjudicatarios;
Que cada uno de los adjudicatarios firmó la conformidad del sorteo, donde quedaron asignados los lotes de manera individual;
Que dicho plan tiende a satisfacer parte de la demanda habitacional, que afecta a los distintos extractos sociales de nuestra comunidad;
Que el Departamento Ejecutivo , realizará la cesión a cada uno de los beneficiarios de los lotes propiedad de la Municipalidad de General Paz, a título gratuito, posibilitando al Banco de la Provincia de Buenos Aires la generación de la correspondiente hipoteca sobre la propiedad;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Ceder, sin ningún tipo de costo a cada uno de los beneficiarios del Plan de 25 Viviendas Buenos Aires Hogar, que como ANEXO I, forman parte integrante de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 2º: Aprobar el listado de Beneficiarios con su respectivo lote, que como ANEXO I forma parte integrante de esta.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo y Archívese.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, Jurisdicción de la Pcia de Buenos Aires a los 21 días del mes de julio de 2016.