Ordenanza Nº 02/2016


VISTO: 

El Decreto 66/2016 del Departamento Ejecutivo que adjudicó al Sr. Daniel Alegre la Licitación Pública Nº 3/2015 cuyo objeto es “Concesión y explotación del Camping Río Salado”, cuya actuaciones obran en expediente 4047-24133/15 y;

CONSIDERANDO: 

Que el mencionado Decreto se sancionó ad referéndum de la aprobación definitiva del Honorable Concejo Deliberante;

Que la mencionada licitación tuvo una sola y única oferta en el acto licitatorio realizado el jueves 14 de Enero de 2016 en el Despacho Municipal;

Que al haber una sola y única oferta en una Licitación Pública es facultad del Honorable Concejo Deliberante resolver sobre la adjudicación de la misma. 

Que el auge de la temporada de verano por la que estamos transcurriendo provoca una importante alza en la cantidad de personas que concurren al camping;

Que este hecho se da en coincidencia con el periodo extraordinario de sesiones del Honorable Concejo Deliberante;

Que a su vez, las últimas inundaciones sufridas en la localidad de Villanueva produjeron un importante deterioro de las instalaciones del camping,  con el consecuente impacto en la calidad de los servicios brindados;

Que estos daños aún no han sido subsanados en su totalidad en este importante atractivo turístico de nuestro distrito;

Que resulta de urgencia y mucha premura solucionar esta situación y para ello fue necesario resolver la adjudicación en esta licitación;

Que por tal motivo el Departamento Ejecutivo adjudico la licitación a través de un decreto ad referéndum de este cuerpo; 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos  Aires, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Convalidar el Decreto Nº 66/2015 del Departamento Ejecutivo Municipal en el que se adjudica la Licitación Pública 03/15 que tiene por objeto la “Concesión y explotación del Camping Río Salado” al Sr. Marcelo Daniel Alegre DNI: 16.125.572 con domicilio legal en Brigadier Juan Manuel de Rosas Nº 1205 del partido de Merlo Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, Jurisdicción de la Pcia de Buenos Aires,  a los 11 días del mes de Febrero del año 2016.

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