VISTO:
El convenio Único de Colaboración y transferencia firmado con el Subsecretario de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, y;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado convenio tiene por objeto la asistencia financiera, por parte de la Subsecretaría, a la Municipalidad, para la ejecución de la obra denominada: REMODELACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL HOSPITAL CAMPOMAR”;
Que EL MONTO NECESARIO PARA LA CONCRECIÓN DEL PROYECTO ASCIENDE A LA SUMA DE PESOS un millón quinientos veintitrés mil doscientos ($1.523.200,00);
Que la concreción de la mencionada obra, permitirá mejorar sustancialmente el funcionamiento normal y habitual del Hospital, como así también, brindará mejores condiciones en la espera y en la atención de los vecinos que se acerquen a la guardia médica del mencionado nosocomio;
Que el plazo de obra mencionado convenio es de 8 meses desde la firma del acta de inicio de la misma;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Aprobar el Convenio Único de Colaboración y Transferencia y su correspondiente anexo firmado entre el Sr. Intendente Municipal Juan Carlos VERAMENDI, y el Subsecretario de Obras Publicas dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Arquitecto Abel FATALA, para la ejecución de la REMODELACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL HOSPITAL CAMPOMAR, por un monto de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS (1.523.200,00) que como anexo I forma parte de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 26 días del mes de enero del año 2015.