VISTO:
La necesidad jurídica y social, de regularizar la situación dominial de 2 parcelas ubicadas en la localidad de Villanueva, y;
CONSIDERANDO:
Que fracciones de terrenos de las mencionadas parcelas, fueron donadas oportunamente, por vecinos de la menciona localidad para ser destinadas con fines sociales de la comunidad;
Que la familia Echenique, hace más de 20 años, dono una porción de terreno de la fracción denominada catastralmente como Circ. III, Secc. A, Fracc II, Parcela 1, para ser destinada a la implantación de un plan de viviendas, hecho que efectivamente ocurrió, pero que nunca se regularizó la situación dominial del mencionado terreno.
Que la familia Sartini, ha donado, 2 porciones de terrenos, de la fracción denominada catastralmente como Circ. III, Parcela 329S.
Que en una de las porciones donadas por la familia Sartini, de 5.184 M2 tuvo como destino la implantación de la Planta de Gas Licuado de Petróleo, planta que le permitirá a la localidad de Villanueva, contar en el corto plazo, con Red de Gas en todos sus domicilios;
Que el destino de la otra porción de tierra donada, de 5.600 M2 fue la implantación de las viviendas del plan Compartir, y demás viviendas de otros planes.
Que la donación de porciones donadas por la familia Sartini, fueron aprobadas por el Honorable Concejo Deliberante, a través de la Ordenanza N° 15 /2011 de fecha, 13 de junio de 2011
Que es menester, regularizar la situación dominial de estas fracciones de terrenos, a los efectos de no causarle ningún perjuicio a los vecinos que han realizado las donaciones ni a sus herederos.
Que, como la tierra es propiedad de un particular, no es posible realizar las correspondientes subdivisiones, por medio de la Subsecretaria Social de Tierras y Viviendas de la Provincia de Buenos Aires;
Que la contratación, de un profesional Agrimensor, en forma particular, resultaba muy onerosa para las arcas municipales;
Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección de Geodesia, cuenta con los recursos profesionales necesarios para realizar este tipo de tareas;
Que las mencionadas subdivisión, requerirán un abono de $ 37.600,00 en concepto de viáticos y/u horas extras del personal profesional;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorizar, al Intendente Municipal, a firmar con la Dirección de Geodesia del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, las ACTAS ACUERDO, por un monto de $ 37.600;00 para subdividir 2 fracciones de terrenos ubicadas en la localidad de Villanueva, y que como ANEXO I y II, forman parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, y archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 27 días del mes de Agosto de 2014.