VISTO:
La necesidad de mejorar los caminos rurales y urbanos en el Distrito de General Paz; y,
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad existe en nuestro Distrito un crecimiento demográfico importante;
Que han surgido nuevos barrios en distintos sectores que se hallan poblados y los mismos continúan expandiéndose y en constante crecimiento;
Que el incremento de las construcciones ocasiona la acumulación de escombros;
Que dichos escombros en la mayoría de los casos no son reutilizados;
Que la mayoría de la calle de los barrios antes mencionados son de tierra;
Que luego de las lluvias las calles y los caminos rurales no quedan en condiciones de ser transitables;
Que los vecinos que allí residen merecen una mejor calidad de vida y demandan un solución a este problema;
Que asfaltar dichas calles sería un proyecto de mayor envergadura y el Municipio podría proyectarlo pero a largo plazo;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo el retiro de escombros en inmuebles de particulares y a solicitud de los mismos.
ARTÍCULO 2º: El departamento ejecutivo deberá arbitrar los mecanismos necesarios para implementar un sistema de recuperación, reutilización y distribución de los escombros mencionados
ARTÍCULO 3º: Regístrese comuníquese al Departamento Ejecutivo y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 11 días del mes de agosto del 2014.