VISTO:
Los convenios marco y específico marco suscripto entre la Municipalidad de General Paz y la Universidad Nacional de Tres de Febrero con el propósito de establecer relaciones de complementación, cooperación y asistencia recíproca de carácter educativo, cultural y tecnológico, y;
CONSIDERANDO:
Que resulta necesaria la ampliación de la oferta académica de nuestro Centro de Desarrollo Universitario, a partir de la celebración de convenios con Universidades estatales o privadas;
Que la Universidad Nacional de Tres de Febrero, se encuentra desarrollando Diplomaturas, Tecnicaturas y Carreras de Grado y Posgrados de manera virtual;
Que a partir de este acto, las mismas podrán desarrollarse en la sede de nuestro Centro de Desarrollo Universitario y en todo el Distrito de General Paz;
Que la modalidad de dictado virtual, posibilitará el acceso formativo especialmente aquellas personas que por diferentes motivos no pueden hacerlo de manera presencial;
Que se acuerda además la posibilidad de llevar adelante proyectos de investigación y desarrollo de manera conjunta;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Aprobar los Convenios Marco y Específico celebrados oportunamente por el Sr. Intendente Municipal de General Paz, Sr. Juan Carlos Veramendi y el Rector de la Universidad Nacional de Tres de Febrero, Lic. Aníbal Jozami, que como Anexo I y II forman parte integrante de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 14 días del mes de julio del 2014.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 14 días del mes de julio del 2014.