VISTO:
El expediente Nº 2416-12744/09 por el que tramita la “Construcción de 72 Viviendas” en el marco del Programa Federal Plurianual Reconvertido cuyo financiamiento otorga el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 15 de Julio de 2010 fue suscripto el Convenio Nº 009-102/10, conjuntamente con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, para la construcción de 72 viviendas en el marco del Programa Federal Plurianual Reconvertido;
Que el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, dictó la Resolución Nº 1810/13 mediante la cual estableció un procedimiento de adecuación de los montos que financia en las diferentes operatorias vigentes que no prevén otros sistemas regulares de actualización;
Que la obra referida se encuentra enmarcada en una de las operatorias alcanzadas por la resolución mencionada;
Que el artículo 16 de la Resolución IVBA Nº 1810/13 establece como requisito que en la primera solicitud los Municipios acompañen Ordenanza de adhesión a la resolución y/o Ordenanza aprobatoria del Modelo de Acta de Adecuación, o de la misma suscripta;
Que al efecto corresponde autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir las addendas que se celebren en el marco de la normativa citada;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Adhiérase a la Resolución Nº 1810/13 dictada por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y apruébese el modelo de Addenda -Acta de Adecuación del Monto de Financiamiento- incorporado a ella como Anexo I.
ARTÍCULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir las Addendas al Convenio Nº 009-102/10 y sus modificatorios, destinadas a adecuar el monto de financiamiento otorgado por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la Resolución IVBA Nº 1810/13 y de conformidad con el modelo aprobado en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y Archívese.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 09 días del mes de septiembre de 2013.