VISTO:
La necesidad de regularizar dominialmente el Barrio “LA ESTACIÓN”, de la localidad de Loma Verde, Partido de General Paz, y;
CONSIDERANDO:
Que dicho Barrio se compone del Plan Pro casa IV (9 viviendas) y Solidaridad (4 viviendas);
Que el Poder Ejecutivo, a través de la Asistente Social realizo las encuestas habitacionales socio-financieras pertinentes para la puesta en marcha y realización de las respectivas escrituras.
Que es preocupación primordial para este gobierno la regularización dominial de todos los barrios del Distrito de General Paz.
Que dadas las oportunidades que brinda Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Ley Nº 10.830, en conjunto con la Municipalidad de General Paz, las mismas se pueden llevar a cabo de manera absolutamente gratuita, por ser los beneficiarios personas de bajos recursos económicos, favorecidas por la Declaración de “Interés Social” por el Municipio.
Que, se consagra así, el principio constitucional que otorga al Estado la responsabilidad de garantizar a todo ciudadano el derecho a una vivienda digna.
Que la escritura es un derecho esencial que otorga absoluta seguridad jurídica para quienes tuvieron la posibilidad de obtener un techo propio.
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorizar a Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a escriturar las viviendas del Barrio “LA ESTACIÓN”, de la Localidad de Loma Verde con los beneficiarios que figuran en el ANEXO I que como tal, forma parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 2º. Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo, y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, a los 4 días del mes de marzo del año 2011.